Ley No. 28-01 Sobre Desarrollo Fronterizo

Conocer del marco legal es de gran utilidad para todo emprendedor. La mayor parte de las leyes vigentes están publicadas en la gaceta oficial y en los portales de las diferentes instituciones que brindar servicios relacionados con la actividad comercial.

En esta primera entrega, vamos a conocer algunas pinceladas de la Ley No. 28-01 Sobre Desarrollo Fronterizo, promulgada el 01 de febrero del año 2001, con el objetivo de crear un programa adecuado de desarrollo que estimule la realización de proyectos industriales, agropecuarios, agroindustriales, metalúrgicos, zonas francas, turísticos, energéticos y todo tipo de empresas permitidas por las leyes dominicanas, que fomenten y sustenten la economía dominicana, específicamente en las provincias de Pedernales, Independencia, Elías Piña, Dajabón, Montecristi, Santiago Rodríguez y Bahoruco.

Mediante esta ley, se crea una Zona Especial de Desarrollo Fronterizo, que permitirá que empresas que se establezcan en estas zonas especiales disfruten de facilidades y diversas exenciones. Las empresas que operen dentro de los límites de las provincias de Pedernales, Independencia, Elías Piña, Dajabón, Montecristi, Santiago Rodríguez y Bahoruco, disfrutarán de una exención de un 100% del pago de impuestos internos, de aranceles aduaneros sobre materias primas, equipos y maquinarias, así como cualquier tipo de impuesto, durante un período de veinte 20 años. Se les otorgará, además, un cincuenta por ciento 50% en el pago de libertad de tránsito y uso de puertos y aeropuertos. Se otorgará un plazo de 5 años para que toda empresa que se establezca disfrute del término completo del periodo de exenciones.

En artículos posteriores, vamos continuar ampliando sobre los beneficios de esta y otras leyes.

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